LOS DERECHOS QUE HOY GOZAMOS, LOS MAESTROS QUE NOS ANTECEDIERON LO LOGRARON CON SU SANGRE

¡Basta ya, rompamos el silencio cómplice de hablar a media voz!... Haga sus denuncias...

HUELGA NACIONAL INDEFINIDA POR LA DEFENSA DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029, CONTRA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL HUMALISTA Y LA LEY "CONSENSUADA" DEL CEN DEL SUTEP

domingo, 7 de noviembre de 2010

MERITOCRACIA APRISTA: ELISEO MARTICORENA, CORRUPTO Y EX JEFE DE PERSONAL DEL UGEL 06, ES EL ACTUAL DIRECTOR DE LA UGEL Nº 01

Cuando el gobierno aprista y su ministro "triquero", José Antonio Chang, hablan de la implantación de la cultura de la meritocracia, como un gran logro educativo de este gobierno, representa un monumento a la conchudez y al cinismo, pues en realidad sólo es un slogan publicitario para justificar la imposición de la nefasta Ley de la nueva Carrera Pública Magisterial.

La Unidad de Gestión Educativa Local 01, jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, tiene como nuevo director de Ugel (
Resolución Ministerial Nº 0260-2010-ED) a Eliseo Félix Marticorena Cuba, tristemente recordado CORRUPTO y ex jefe de personal de la ugel 06. Las denuncias contra este indeseable ex funcionario de la Ugel 06 son por favorecer el clientelaje político, por nepotismo (Contrato de personal familiares y amantes), venta de Plazas de Contrato (previo pago de sus honorarios de éxito de dos mil soles por cabeza), otorgar plazas a Docentes y Personal con sanción administrativa (lógicamente previo pago por el favor), venta de la Prueba o Examen para los Nombramiento Docente de los últimos años (Involucrado con sus compañeros de aventuras Addy Cueva, Nicodemo Sanchez Oliva y la jefa de la mencionada Ugel), entre otras perlas.

Lo más grave de las denuncias que tiene en su prontuario, como funcionario del estado, es su apego enfermizo por las faldas, pues es vox populi sus desenfrenos por las féminas que buscan trabajo. El gobierno se llena la boca que los contratos de maestros es por méritos; sin embargo para cada Proceso de Contrato o Nombramiento, el Señor Chang implementa algún truco para burlar a los maestros peruanos sin nombramiento. El Nombramiento y/o Contrato, si bien es cierto, pasan ahora por un Examen Nacional de Conocimientos, pero con el añadido que la Prueba la negocian días antes de su aplicación. Según las normas vigentes para los contratos, los Concursos públicos los debería realizar el Comite de Evaluación de cada Institución Educativa; sin embargo el ministro Chang innovó la adjudicacion de plazas desde la UGEL; es decir, el Comite de Evaluación quedó "pintado" para que las autoridades de la Ugel 06, entre ellos el ex jefe de personal, hagan de las suyas y se aprovechen de las necesidades de trabajo.

Publicado por el sute Huaycán

sábado, 6 de noviembre de 2010

INAUDITO: UGEL 01 EMITE RESOLUCIONES CONTRARIAS AL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL (SERVIR) EN MATERIA DE ASIGNACIONES ECONÓMICAS AL MAGISTERIO


En los ultimos meses el Tribunal del Servicio Civil - SERVIR, creado mediante Dec. Leg. 1023, viene expidiendo sucesivas resoluciones respecto de las asignaciones economicas contemplados la Ley 24029, Ley del Profesorado, en lo relativo con el 30% por preparacion de clases y evaluacion, años de servicios y subsidios por luto y gastos de sepelio, ordenando que tanto la DRELM y las UGELs adopten las medidas pertinentes para hacer efectivos el reconocimiento economico de estas asignaciones a favor del magisterio, en particular, el 30% de la remuneracion total por preparacion de clase y evaluacion prevista en la acotada ley.

Contradictoriamente, las instancias administrativas inferiores, como la UGEL 01, no cesan de denegar la legitimidad de las demandas del profesorado sobre estos temas, yendose contra los criterios uniformes adoptados por sucesivas sentencias del propio Tribunal Constitucional, el Poder Judicial y algunos Gobiernos Regionales, como Cuzco y Tumbes, recientemente. Esto, obviamente, obliga al magisterio a transitar los engorros procedimientos que la ley denomina via administrativa con inutil perdida de tiempo y de dinero. Se ha convertido ya en una prolongada costumbre que las resoluciones directorales de la UGEL 01 sean elaboradas en base a un formato que en todos los casos repite los mismos argumentos, sin efectuar una adecuada motivacion juridica de la pretensiones formuladas por los maestros. Sin duda, gran despliegue intelectual de los asesores de la UGEL 01.

¿Que poder es el que tienen las UGEL para contradecir los criterios adoptados por las Salas del Tribunal del Servicio Civil en estas materias? ¿Porque que las UGELs no acatan las disposiciones y criterios de caracer vinculante adoptados por acuerdos de Sala Plena del TSC ?

Todo esto indica que los directivos y funcionarios de las UGELs, cuyo maximo estandarte es portar un carnet partidario, solo cumplen consignas politicas provenientes del poder politico. Son mas de lo mismo, adefesios y arribistas esclavizados al escritorio y al sello, sin los cuales nada son. No solo no cumplen, ni hacen cumplir la ley; han subordinado su funcion a las directivas de Garcia Perez (NADA CON EL SUTEP). Esa es su gloria, la cima de su mediocridad.

Claro esta que si el MINEDU no acata las resoluciones del TSC y tira la pelota al MEF, los maestros deberan acudir al Poder Judicial en via de Proceso de Cumplimiento, dado el caracter de cosa decidida de las resoluciones del TSC, recorriendo los pasillos del Palacio de Justicia en desmedro de sus escasos recursos, con lo cual se haran inalcanzables el reconocimiento efectivo de estas asignaciones.

Ahora que la competencia de elegir a los directores de UGEL corresponde al gbo. municipal de Susana Villaran, DEMANDAMOS el cumplimiento irrestricto de la Ley 24029, el cese a la prolongada campaña de agresiones provenientes de Garcia Perez y que el Ejecutivo aprista asuma las partidas para el reconocimiento economico de las asignaciones previstas en la acotada ley. La democrqacia, el estad de derecho, etc. no significan nada si no existe pleno rspeto a ley y a los derechos reconocidos al magisterio peruano.

PREPARAR LA GRAN MOVILIZACION POR LA DEFENSA IRRESTRICTA DE LA LEY 24029.

POR EL PAGO EFECTIVO DEL 30% DE LA REMUNERACION TOTAL POR PREPARACION DE CLASE Y EVALUACION, Y DEMAS ASIGNACIONES ECONOMICAS . . . MOVILIZACION AHORA.


Publicado por Sute Huaycán

DEROGAR UN DISPARATE: D.S. Nº 022-ED INCORPORA MUNICIPIOS POBRES A FRACASADO PROCESO DE MUNICIPALIZACIÓN EDUCATIVA


El gobierno ha promulgado el DS Nº022-2010-ED el 21 de octubre, incorporando al Plan de Municipalización de la Gestión Educativa a las 606 municipalidades distritales (el 34% del total nacional) del ámbito de intervención de Juntos. Eso incluye al 88% de los distritos de Huánuco; 79% de Huancavelica; 75% de Apurímac; 62% de Ayacucho; 61% de Cajamarca; etc. Todo ello pese a la crítica generalizada con respecto al fracaso del plan piloto de municipalización de la gestión educativa (que se había aplicado en el 2% de los distritos), expresada en diversos informes del Consejo Nacional de Educación, la Defensoría del Pueblo, la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, la Red de Municipalidades Rurales y el propio MEF.

Sin haber validado el modelo, sin éxitos que exhibir, sin tomar previsiones de capacitación, apoyo logístico, asistencia técnica y recursos para garantizar un buen trabajo, se les pide a los municipios más pobres del Perú que se hagan cargo de la gestión educativa de su distrito. Ello, pese a que ni siquiera pueden resolver los temas de basura, agua y electricidad, y sin que siquiera cuenten con un equipo técnico confiable para temas sociales.

Llama la atención que por un lado el gobierno haya transferido más del 90% de las competencias en educación a los gobiernos regionales, pero por otro lado interfiera en el tema de la gestión educativa, que ya no le debería competer.

Foro Educativo publicó el 31 de octubre en La República un pronunciamiento reclamando la derogatoria del DS 022-2010-ED, al cual se han adherido prestigiosas instituciones especializadas en el tema educativo rural, lo que sería lo más sensato frente a esta disparatada medida.

De lo contrario, el resultado natural será una gestión ineficiente, ineficaz y caótica, porque chocarán las funciones del gobierno nacional, regional y municipal, y además, cuando los profesores tengan algo que reclamar, lo harán ante el debilísimo municipio, en vez de hacerlo ante la región o el gobierno nacional.

Prepárese, Mercedes Aráoz, para contestar por qué transferir algo que no funciona a municipios pobres, desfinanciados y de limitadas capacidades, es una muestra de responsabilidad social y educativa del gobierno aprista.

Publicado en Correo por León Trahtemberg

SEDES PARA LA APLICACIÓN DEL EXAMEN DE DOCENTES DEL 15 DE FEBRERO DE 2009.


DECRETO SUPREMO 002-2009-ED / RESOLUCIÓN JEFATURAL 0161-2009-ED / DIRECTIVA N° 013-2009- ME/SG-OGA-UPER

HORA DE INICIO : 9:00 A.M TÉRMINO: 12:00 P.M

UGEL 01

1.- I.E. JAVIER HERAUD - AV. SAN JUAN Nº 690 - SAN JUAN DE MIRAFLORES
2.- I.E. MANUEL A. RAMIREZ BARINAGA "MARISTAS - AV. SAN JUAN Nº 888 - SAN JUAN DE MIRAFLORES

UGEL 02

1.- MARIA PARADO DE BELLIDO - JR. ANTON SANCHEZ CDRA.
2 - RIMAC2.- I.E. Nº 2099 ROSA MERINO - AV. ALCAZAR Nº 351 - RIMAC

UGEL 03

1.- I.E.P. MELITON CARVAJAL - AV. LEONIDAS YEROVI Nº 2120 - LINCE

UGEL 04

1.- UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO - AV. ALFREDO MENDIOLA Nº 6232 (PANAMERICANA NORTE) - LOS OLIVOS

UGEL 05

1.- I.E. 1174 VIRGEN DEL CARMEN - URB. ZARATE - JR. LOS AMAUTAS Nº 218 - San Juan de Lurigancho
2.- I.E. ANTENOR ORREGO ESPINOZA - URB. ZARATE - AV. GRAN CHIMÚ Nº 900 - San Juan de Lurigancho

UGEL 06

1.- FAP JOSE QUIÑONEZ - VIA EVITAMIENTO S/N ALT. PEAJE Y AV. INDUSTRIAL - LA MOLINA

2.- MAY. PIP. FELIX TELLO ROJAS - CALLE CUBA Nº 211 - ALT. CDRA. 69 JAVIER PRADO ESTE - LA MOLINA

UGEL 07

1.- I.E. MERCEDES INDACOCHEA - AV. PANAMERICANA SUR Nº 386 - BARRANCO

Sute Huaycán