LOS DERECHOS QUE HOY GOZAMOS, LOS MAESTROS QUE NOS ANTECEDIERON LO LOGRARON CON SU SANGRE

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HUELGA NACIONAL INDEFINIDA POR LA DEFENSA DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029, CONTRA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL HUMALISTA Y LA LEY "CONSENSUADA" DEL CEN DEL SUTEP

miércoles, 12 de agosto de 2009

CONTINUAR LA LUCHA POR LA DEROGATORIA DE LA LEY DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL Nº 29062


Para quienes rechazamos el autogolpe de Alberto Fujimori, del 5 de abril de 1992, la convocatoria a Asamblea Constituyente y la posterior aprobación de la Constitución Política de 1993 es ilegítima e ilegal, por lo tanto no estamos obligados a reconocerlo como una Carta Magna que debe regir los destinos del Perú.

Sin embargo a pesar que los partidos tradicionales, entre ellos el Apra, dijeron rechazarlo e incluso prometieron restaurar la Constitución de 1979; luego en el gobierno lo vienen aplicando de manera entusiasta por que está de acuerdo a los planes de los grupos de poder económico nacionales y de la política neoliberal del imperialismo.

Lamentablemente el pueblo, por la falta de una organización fuerte que logre convocar a los diferentes sectores de la población, no ha estado ni está en condiciones de generar una desobediencia civil contra todas las leyes que han sido dadas al amparo de esta Constitución fujimorista.

De ahí que la dación de la Ley de Educación 24088, es de donde se desprenden las normas y leyes que en el sector educación liquidan totalmente la gratuidad de la educación pública, a través de la municipalización, y así mismo la flexibilidad laboral (despido masivo de maestros) mediante la ley 29062.

Es decir, tanto la Ley 24088 y la 29062, son ilegítimos e ilegales; por estar respaldado por una Constitución Política que fue declarada ilegal. Sin embargo el gobierno antipatriótico de Alan García lo viene aplicando, y entonces al movimiento magisterial no nos ha quedado otra cosa que hacerle frente en su mismo terreno. Por eso ya hemos hecho saber nuestra decisión de rechazarlos y exigir la derogatoria de ambas leyes, en especial la 29062 por estar directamente vinculada a los maestros.

Debemos seguir redoblando nuestros esfuerzos por implementar medidas de lucha orientadas a lograr la derogatoria de estas leyes. Y en este caso corresponde a los dirigentes del CEN del SUTEP seguir ejerciendo el triste papel de traidores al magisterio, apoyando en la práctica la política educativa del gobierno y hacer oídos sordos al clamor de las bases para enfrentar, resueltamente, al gobierno con la lucha directa de las masas en coordinación con el pueblo organizado.

No basta con recordar el rechazo a la convocatoria de incorporación a la ley, puesto que las amenazas de Chang de seguir insistiendo de manera coercitiva se siguen escuchando.


Publicado por Felipe Torres.

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SEDES PARA LA APLICACIÓN DEL EXAMEN DE DOCENTES DEL 15 DE FEBRERO DE 2009.


DECRETO SUPREMO 002-2009-ED / RESOLUCIÓN JEFATURAL 0161-2009-ED / DIRECTIVA N° 013-2009- ME/SG-OGA-UPER

HORA DE INICIO : 9:00 A.M TÉRMINO: 12:00 P.M

UGEL 01

1.- I.E. JAVIER HERAUD - AV. SAN JUAN Nº 690 - SAN JUAN DE MIRAFLORES
2.- I.E. MANUEL A. RAMIREZ BARINAGA "MARISTAS - AV. SAN JUAN Nº 888 - SAN JUAN DE MIRAFLORES

UGEL 02

1.- MARIA PARADO DE BELLIDO - JR. ANTON SANCHEZ CDRA.
2 - RIMAC2.- I.E. Nº 2099 ROSA MERINO - AV. ALCAZAR Nº 351 - RIMAC

UGEL 03

1.- I.E.P. MELITON CARVAJAL - AV. LEONIDAS YEROVI Nº 2120 - LINCE

UGEL 04

1.- UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO - AV. ALFREDO MENDIOLA Nº 6232 (PANAMERICANA NORTE) - LOS OLIVOS

UGEL 05

1.- I.E. 1174 VIRGEN DEL CARMEN - URB. ZARATE - JR. LOS AMAUTAS Nº 218 - San Juan de Lurigancho
2.- I.E. ANTENOR ORREGO ESPINOZA - URB. ZARATE - AV. GRAN CHIMÚ Nº 900 - San Juan de Lurigancho

UGEL 06

1.- FAP JOSE QUIÑONEZ - VIA EVITAMIENTO S/N ALT. PEAJE Y AV. INDUSTRIAL - LA MOLINA

2.- MAY. PIP. FELIX TELLO ROJAS - CALLE CUBA Nº 211 - ALT. CDRA. 69 JAVIER PRADO ESTE - LA MOLINA

UGEL 07

1.- I.E. MERCEDES INDACOCHEA - AV. PANAMERICANA SUR Nº 386 - BARRANCO

Sute Huaycán