LOS DERECHOS QUE HOY GOZAMOS, LOS MAESTROS QUE NOS ANTECEDIERON LO LOGRARON CON SU SANGRE

¡Basta ya, rompamos el silencio cómplice de hablar a media voz!... Haga sus denuncias...

HUELGA NACIONAL INDEFINIDA POR LA DEFENSA DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029, CONTRA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL HUMALISTA Y LA LEY "CONSENSUADA" DEL CEN DEL SUTEP

miércoles, 16 de marzo de 2011

EL LADO OSCURO DEL CANDIDATO KUCZYNSKI

SR. PEDRO PABLO KUCZYNSKI:

Tiene que aclarar la denuncia que elevó el señor Manuel Dammert, no con violencia jurídica, —que de seguro ya la ganó — tiene que ser una declaración de entendimiento, y de respeto mutuo entre ustedes, si se puede... yo creo que si, pero no hay que ser altanero. Manuel Dammert no es millonario como para pagar tamaña multa por difamar. La piedad, sin la careta del desprecio, también engrandece.

Recuerde señor PPK que es preferible perder todo el dinero que uno tiene que perder la paz interna. Tengo que poner este desagradable asunto en la mesa, lo admiro por todas sus cualidades, pero yo no creo en el servilismo, en la entrega total y sin medir las consecuencias.

Mi oficio es decir lo que siento, lamento si eso le llegara a incomodar, soy artista, de la familia Núñez Ureta.

DECLARACIÓN DEL SR MANUEL DAMMERT A LA OPINIÓN PÚBLICA:

23 Junio 2006

El día viernes 23 de Junio a las 9 am Manuel Dammert Ego Aguirre, asesor de la Federación Nacional de los trabajadores de Enapu, ha sido notificado por el 40 ° Juzgado Penal de Lima, en el Expediente N° 208-06-Q, Sec Casas, para se presente el día lunes 27 a las 9 am a dicho Juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza, para rendir declaración instructiva, y el día miércoles 29 a visionar las pruebas, en la SUMARIA INVESTIGACION abierta en base a la querella por delito contra el Honor-Difamación Agravada por medio de prensa en agravio de Pedro Pablo Kuczynski Godard, presentada el 28 de abril del 2006.

El querellante señala que se habría perpetrado el supuesto delito de difamación a través de dos entrevistas dadas en el programa "Hoy Con Hildebrandt" en el canal de televisión Frecuencia Latina, diversos artículos publicados en el Diario La Republica, y entrevistas en la Radio 1160, referidos a los temas de puertos, aeropuertos Jorge Chávez, gas de Camisea, y otras actividades en la que Manuel Dammert Ego Aguirre ha denunciado actividades lobystas, en la que se mezcla la función pública con el interés privado de la empresa financiera LAEMF de propiedad de Pedro Pablo Kuczynski Godard.

Con esta SUMARIA INVESTIGACION Pedro Pablo Kuczynski Godard solicita una reparación civil de un millón de soles, el embargo de los bienes de Dammert, y mandato de comparecencia restrictiva con impedimento de salida del país, caución de 100,000 nuevos soles y firma del libro una vez por mes. Están acreditados 6 abogados, liderados por el Abogado Enrique Ghersi.

Esta acción judicial contra Manuel Dammert Ego Aguirre atenta contra los principios básicos del ordenamiento constitucional, en los derechos ciudadanos de opinión y fiscalización, en las atribuciones de los poderes para fiscalizar e investigar los asuntos públicos, y en la defensa de los intereses nacionales, en este caso portuarios. Pretende hacer intocables a los funcionarios, otorgar impunidad a sus actos, y atemorizar el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa.

Constituye una argucia desesperada para tratar de que bajo el amparo de una querella judicial se impida la fiscalización de los actos del gobierno saliente, en el cual Pedro Pablo Kuczynski Godard ha tenido importantes responsabilidades como Presidente del Consejo de Ministros y como Ministro de Economía y Finanzas. Pretende ser llevada a cabo en forma perentoria, sin la presentación ni evaluación de lo que al respecto consta en documentos e investigaciones del Congreso, sin citar a quienes tienen sustantivos aportes a dar al respecto, y sin evaluar los principios constitucionales que están siendo vulnerados.

ATENTA CONTRA EL DERECHO CONSTITUCIONAL DE LOS CIUDADANOS EN LA OPINION Y DE FISCALIZACION DE LOS ASUNTOS PUBLICOS

Califica como "difamación", lo que constituyen hechos respecto a los cuales se han presentado pruebas y forman parte de una aguda pugna de políticas públicas, de las que el país esta informado. Remito a mi libro respecto el Poder Lobysta, publicado por Fentenapu, el que reúne mis artículos publicados en el diario La República del 2003 al 2006 y la Denuncia contra PPK formulada y en investigación en el Congreso. Menciono solo algunos de estos intentos de esconder los hechos denunciados. Entre ellos:


1.1 Señala que es difamación calificar de lobysta a LAEMF, cuando así lo dicen los documentos de esta empresa al definir sus objetivos y razón.

1.2 Señala que es difamación indicar que PPK esta en actividad en esta empresa cuando lo ha incluso reconocido ante la Comisión investigadora del Congreso

1.3 Señala como difamación que se diga que LAEMF, propiedad de PPK, administra 25 % de las acciones en Cosapi, cuando este es un hecho publico registrado en los propios documentos de dicha empresa, con lo cual participó en la concesión del aeropuerto.

1.4 Señala como difamación que se indique que la RS 098, de responsabilidad de PPK, constituye abuso de autoridad al asignarle para Puertos a Proinversión funciones que le competen a la Autoridad Portuaria Nacional en la conducción de los procesos de inversión, cuando esta violación legal incluso ha sido rectificada al dejarse sin efecto dicha RS 098 por otro Resolución Suprema.

1.5 Señala que es difamación presentar los integrantes de la empresa LAEMF, de propiedad de PPK; en la tiene varios asociados, entre ellos un connotado integrante del Grupo Romero, cuando este es un hecho comprobado en los registros de la empresa mencionada.

PRETENDE ANULAR EL PODER FISCALIZADOR DEL CONGRESO SUSTRAYENDO HACIA EL PODER JUDICIAL Y BAJO PRETEXTOS BANALES LAS RESPONSABILIDADES PARLAMENTARIAS EN LA INVESTIGACION SOBRE LA GESTION DE PPK Y LAS MULTIPLES DENUNCIAS SOBRE ABUSO DE AUTORIDAD Y CONFLICTOS DE INTERES.

Los hechos que son materia de la querella de PPK, han sido presentados por Manuel Dammert Ego Aguirre en la Comisión de Fiscalización del Congreso. Tomando en cuenta la seriedad y presentación de documentos al respecto, esta Comisión Congresal abrió investigación al respecto. Diversos congresistas recientemente elegidos, han anunciado que presentaran la necesidad de investigar los cuestionamientos a la gestión pública de PPK; en materias que tienen que ver con conflictos de intereses y abuso de autoridad, entre otros casos, los relativos a su empresa LAEMF, el aeropuerto Jorge Chávez, puertos, etc.

La Querella de PPK contra Dammert busca violar el principio constitucional de atribuciones del poder legislativo para fiscalizar los asuntos públicos, en especial del poder ejecutivo, pues pretender sustraer materia que esta en el Congreso, y por vía de una investigación sumaria sobre supuesta "difamación", en torno a hechos denunciados en la prensa, transformar al poder judicial en instancia que impida la investigación que el Congreso tiene y esta formulada será continuada en el nuevo Congreso recientemente elegido.

PRETENDE AMEDRENTAR A LA LIBERTAD DE EXPRESION Y A LA LIBERTAD DE PRENSA PARA LA FISCALIZACION DE LOS ACTOS DEL GOBIERNO, ESPECIALMENTE DEL GOBIERNO SALIENTE

La Querella de PPK identifica como delito todo aquello que constituye labor fiscalizadora que la prensa debe difundir. Considera como delitos de difamación: denuncia, presentación de indicios, manifestaciones discrepantes, críticas al abuso del poder y la función pública, cuestionamientos a la superposición de intereses privados con públicos. La Querella quiere imponer un régimen anticonstitucional de coacción de la libertad de expresión y de prensa que anularía la labor fiscalizadora de la prensa como actor independiente del poder público.

Tengo una vida pública dedicada a los intereses del país, de más de 40 años, y he enfrentado diversos actos irregulares de funcionarios del Estado que son neo-patrimonialistas, al confundir la función pública con el interés privado y personal. La Querella en mi contra, viola los principios constitucionales para instaurar la impunidad, y en general para imponer un régimen de coacción contra la opinión ciudadana, la fiscalización del Congreso y la libertad de prensa. El país esta informado.

Manuel Dammert Ego Aguirre

No hay comentarios:

SEDES PARA LA APLICACIÓN DEL EXAMEN DE DOCENTES DEL 15 DE FEBRERO DE 2009.


DECRETO SUPREMO 002-2009-ED / RESOLUCIÓN JEFATURAL 0161-2009-ED / DIRECTIVA N° 013-2009- ME/SG-OGA-UPER

HORA DE INICIO : 9:00 A.M TÉRMINO: 12:00 P.M

UGEL 01

1.- I.E. JAVIER HERAUD - AV. SAN JUAN Nº 690 - SAN JUAN DE MIRAFLORES
2.- I.E. MANUEL A. RAMIREZ BARINAGA "MARISTAS - AV. SAN JUAN Nº 888 - SAN JUAN DE MIRAFLORES

UGEL 02

1.- MARIA PARADO DE BELLIDO - JR. ANTON SANCHEZ CDRA.
2 - RIMAC2.- I.E. Nº 2099 ROSA MERINO - AV. ALCAZAR Nº 351 - RIMAC

UGEL 03

1.- I.E.P. MELITON CARVAJAL - AV. LEONIDAS YEROVI Nº 2120 - LINCE

UGEL 04

1.- UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO - AV. ALFREDO MENDIOLA Nº 6232 (PANAMERICANA NORTE) - LOS OLIVOS

UGEL 05

1.- I.E. 1174 VIRGEN DEL CARMEN - URB. ZARATE - JR. LOS AMAUTAS Nº 218 - San Juan de Lurigancho
2.- I.E. ANTENOR ORREGO ESPINOZA - URB. ZARATE - AV. GRAN CHIMÚ Nº 900 - San Juan de Lurigancho

UGEL 06

1.- FAP JOSE QUIÑONEZ - VIA EVITAMIENTO S/N ALT. PEAJE Y AV. INDUSTRIAL - LA MOLINA

2.- MAY. PIP. FELIX TELLO ROJAS - CALLE CUBA Nº 211 - ALT. CDRA. 69 JAVIER PRADO ESTE - LA MOLINA

UGEL 07

1.- I.E. MERCEDES INDACOCHEA - AV. PANAMERICANA SUR Nº 386 - BARRANCO

Sute Huaycán