La sentencia judicial obtenida por el c.c. Edgar Tello
Montes(Secretario General SUTE 14) con el patrocinio legal del Centro de
Investigación Pedagógica y Asesoría Laboral (CIPAL) demuestra la legitimidad de
las demandas legales del magisterio peruano comprendido en la Ley 24029, Ley
del Profesorado y obliga al MINEDU y, por cierto al Ministerio de Economía y
Finanzas, a proveer de los recursos adicionales para hacer efectiva el calculo
de la bonificación mensual del 30% por preparación de clases de acuerdo a la
REMUNERACION TOTAL y su pago efectivo conforme a lo establecido en el art. 48
de la acotada ley.
Este importante logro sirve para convocar al magisterio a
promover la lucha legal por las asignaciones económicas previstas en la Ley del
Profesorado y deslindar con el CEN SUTEP (PATRIA ROJA) que ha emprendido una
masiva campaña promoviendo una NUEVA LEY DEL PROFESOR CONSENSUADA /Sin
consultar a las bases del Sutep)para acentuar la división y la confusión entre
el magisterio peruano, en un contexto en que la Convención Pedagógica Nacional
del CONARE SUTEP ha planteado iniciar la HUELGA NACIONAL INDEFINIDA para el
próximo mes de Junio del año en curso.
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